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Novedades Renta 2018

El martes 2 de abril se inició el periodo para presentar la Declaración de la Renta (IRPF) de 2018.
Desde Hoy Asesores, te detallamos a continuación algunas de las novedades que debes tener en cuenta este año:

Obligación de presentar la Declaración de IRPF:

– Los contribuyentes con rendimientos del trabajo procedentes de dos pagadores inferiores a 12.643 euros no están obligados a declarar.
El nuevo umbral es de 14.000 euros anuales, pero en el ejercicio 2018 solo se aplica desde el 5 de julio. De ahí la cifra de 12.643 euros.
Quienes cobren sus retribuciones del trabajo de un solo pagador están obligados a declarar si ingresan un mínimo de 22.000 euros anuales.

Prestaciones exentas:

– Los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018 están exentos del pago de IRPF.

Deducciones:

– La deducción por maternidad se incrementa en 1.000 euros anuales —adicionales a los 1.200 euros anuales que ya estaban en vigor— cuando el contribuyente justifique gastos de guarderías o centros de educación infantil autorizados.

– Las inversiones en empresas de nueva creación son deducibles en un 30%, con una base máxima de 60.000 euros (hasta ahora era el 20% del importe con una base de 50.000 euros).

– Las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla disfrutan de una deducción del 60% (hasta ahora era del 50%).

– Se incrementa la deducción por familia numerosa. El aumento es de 600 euros anuales (50 euros al mes) por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial. En el ejercicio 2018 solo se aplica de agosto a diciembre, con lo que la deducción máxima será de 250 euros.

– Se establece una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo. Los Presupuestos establecen una deducción de 1.200 euros anuales (100 euros al mes). En 2018 solo se aplica a partir de agosto, por lo que la deducción máxima será de 500 euros.

– Se establece una deducción para los contribuyentes que tengan al resto de la unidad familiar en otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, de manera que la cuota se equipare a la que tendrían si todos residieran en España.

Otros cambios:

– Desaparece la posibilidad de solicitar la «predeclaración» de la renta en papel, aunque el contribuyente podrá imprimir la vista previa de su borrador si quiere comprobarlo en papel.
– Deben incluirse como rendimiento del capital inmobiliario los alquileres turísticos, ya que desde 2018 es obligatorio informar de la cesión de uso de vivienda para estos fines.

En Hoy Asesores contamos con un equipo de expertos que pueden ayudarte y resolver cualquier duda que puedas tener sobre la Declaración de la Renta 2018, así como nuestros habituales servicios de Asesoría Contable online, Asesoría Laboral online, Asesoría Legal online, Creación de empresa, LOPD – RGPD, Marcas y Patentes.

Contáctanos y te informaremos sin compromiso.

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